¿Quién vigila a los juzgadores?

Edna Jaime @EdnaJaime  | El Financiero

Hace unas semanas la organización Equis Justicia para las Mujeres presentó un estudio revelador. Antes de hablar en particular de sus hallazgos, me parece importante mencionar que el estudio buscaba analizar si nuestros juzgadores y juzgadoras consideran la perspectiva de género y derechos humanos en su trabajo en tribunales. Para ello se elaboró una metodología para el análisis de las sentencias (en total fueron 100, emitidas por poderes judiciales de 8 estados). Mis colegas de Equis encontraron que NO. No se juzga con perspectiva de género a pesar de que existen protocolos para ello y de que se ha capacitado a los impartidores de justicia en estos temas.

Más allá de este hallazgo de suyo relevante, lo que es evidente es que no contamos todavía con buenos mecanismos para evaluar el trabajo de nuestros juzgadores. Por lo menos no en manos de los ciudadanos. La calidad de la justicia, el acceso a ella, no puede ser mejor si no tenemos mecanismos para observarla, evaluarla y proponer mejoras. Y este trabajo tiene como punto de partida el poder contar con la materia prima que permita el análisis. Esto es, el acceso a las sentencias. Éstas se publican escasamente.

Con todos los avances que representa la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública del 2015, en el aspecto judicial las cosas no quedaron bien resueltas. El texto de la Ley establece que dentro de las obligaciones de transparencia, los poderes judiciales deben hacer públicas, en el formato adecuado, las sentencias que sean de “interés público”.  Y este es el meollo del asunto, ¿cómo se define este concepto? No parece existir un acuerdo entre impartidores de justicia.

Por lo pronto en el 2017, 19 poderes judiciales estatales no publicaron ni una sola sentencia en el Portal Nacional de Transparencia. Nada de lo que estuvo en sus manos fue considerado de “interés público”. Y es normal que si dejan preceptos poco definidos,  el criterio del juzgador se incline por la reserva. Como en efecto ocurrió en esas 19 entidades.

Por esta razón es que es importante abrir este capítulo en nuestra ley para reformarlo con un criterio de máxima publicidad. El beneficio potencial es enorme. Implica abrir la cortina para ver qué pasa detrás de telones en nuestros juzgados. Si el trabajo es de calidad, si se garantiza el acceso a la justicia, si se protege al desprotegido, si se aplican los protocolos correctamente. Y podría constituirse en un poderosos incentivo para mejorar el desempeño de los impartidores de justicia porque su actividad estaría abierta al escrutinio público.

Y también hay que decirlo, los juzgadores están frente a la necesidad de elevar su reputación frente a los mexicanos. Casi la mitad de nosotros confiamos poco o nada en los jueces, según la última ENVIPE. Los poderes judiciales no se integran por el voto popular, de ahí que su legitimidad  deba de construirse a partir de su desempeño y del servicio que ofrecen a los mexicanos.

Con un arraigo poco profundo en sentir de la gente, el poder Judicial es vulnerable frente al poder político. Como lo vimos al inicio de año, cuando el ejecutivo arremetió contra este otro poder alegando privilegios inmerecidos por parte de sus integrantes. Por eso debe estar en la agenda del poder judicial el estrechar sus lazos con los ciudadanos, a quienes sirve. Y esta postura estuvo bien planteada por el ministro Zaldívar cuando compitió por la presidencia de la Corte. Postura que confío hará efectiva.

Es incierto hasta dónde podrá llegar el impulso del nuevo presidente de la Corte  y si podrá contagiar a los poderes judiciales de los estados. Porque es un hecho que en  muchos de ellos están enquistadas prácticas que sirven a intereses particulares y bloquean el acceso a la justicia del resto de mexicanos. O simplemente al no sentirse retados ni observados, no innovan, ni cuidan al ciudadano.

En estos días se han presentado iniciativas para ajustar la Ley de Transparencia de manera que las sentencias puedan hacerse públicas. Un parteaguas en la impartición de justicia si esto se logra avanzar. Existen reformas que parecen menores pero provocan un cisma y considero que ésta es una de ella. Claro, si existe una contraparte interesada en el análisis de las sentencias con un compromiso con el acceso a la justicia a través del fortalecimiento judicial. Tal como lo hicieron en Equis con un trabajo que marca la pauta de este binomio autoridad-sociedad civil que promete rendir frutos muy provechosos para el fortalecimiento institucional.

Ojalá tengamos buenas noticias en las próximas semanas.