Sólo el impulso a la carrera judicial fortalecerá la impartición de justicia: México Evalúa

  • Los poderes judiciales en las entidades federativas son clave para sostener la gobernabilidad del país en un momento crítico. México Evalúa ofrece evidencia de que el fortalecimiento de estos poderes es posible si se consolida una carrera judicial.
  • La carrera judicial es el sistema de organización, administración y profesionalización de recursos humanos en los poderes judiciales, el cual tiene como objetivo asegurar que la labor judicial se desarrolle de manera independiente y eficiente.
  • En la implementación de la llamada Reforma al Poder Judicial Federal, ya aprobada, la carrera judicial será un tema clave, pero algunos poderes locales tienen más avance en la materia y pueden servir de modelo.
  • México Evalúa propone que la carrera judicial sea concebida como una política integral, y ofrece 20 recomendaciones para lograrla. El estudio destaca que en su diseño y planeación se transversalice la perspectiva de género. 

Ciudad de México, 26 de mayo 2021

En México la carrera judicial está poco regulada. Ninguna de las 32 entidades federativas cuenta con una ley de carrera judicial. Si bien algunos poderes judiciales han emitido algunos reglamentos o acuerdos específicos, en la mayoría de los casos, esta normativa se enfoca sólo en algunos procesos de la carrera y no la regula como un cuerpo integral. 

Para tener certeza de que las personas que imparten justicia en nuestro país cuentan con un perfil idóneo para hacerlo, México Evalúa elaboró 20 recomendaciones que buscan fortalecer y consolidar la carrera judicial para hacer el trabajo jurisdiccional más eficiente y legítimo.

A partir de un análisis basado en una revisión normativa en los 32 poderes judiciales y cuatro estudios de caso conformados por los poderes judiciales del Estado de México, Guanajuato, Querétaro y Yucatán, identificamos los aciertos, áreas de oportunidad y buenas prácticas que integran la carrera judicial. Encontramos que la carrera judicial ha tenido un impacto positivo en la profesionalización de los funcionarios judiciales, y resaltamos la necesidad de que sea concebida como una política integral y que, en su diseño y planeación, se transversalice la perspectiva de género.

“La consolidación de la carrera judicial es una pieza clave para el Estado de derecho. Nuestro objetivo con esta investigación es la creación de una herramienta que oriente a los poderes judiciales y abone a la transformación de la justicia en nuestro país desde una perspectiva local y con un ánimo propositivo”, dijo Edna Jaime, directora general de México Evalúa. 

“Identificamos que cada poder judicial define de manera distinta los puestos que pertenecen a la carrera judicial y, en consecuencia, los procesos de selección para acceder a ellos. También encontramos que el término ‘concurso de oposición’ es usado indistintamente para nombrar muchos procesos que no necesariamente tienen el mismo grado de rigurosidad, objetividad o transparencia”, comentó Laurence Pantin, coordinadora del Programa de Transparencia en la Justicia de México Evalúa. “Por ello, proponemos definir los elementos mínimos de un concurso de oposición, para asegurar que se seleccionen a los mejores perfiles”.

“En el estado de Querétaro hemos potencializado los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo e independencia en el reglamento de carrera judicial. Lo hemos hecho a través de una evaluación por etapas tanto de conocimientos como de experiencia laboral”, apuntó José Antonio Ortega Cerbón, Presidente del Poder Judicial de Querétaro.

Este documento, que forma parte de un proyecto de investigación más amplio que analiza el funcionamiento y pertinencia de los consejos de la judicatura estatales, presenta las siguientes 20 propuestas para profesionalizar el trabajo jurisdiccional: 

  1. La carrera judicial debe contar con un asiento legal sólido, que brinde certeza jurídica y asegure que los procesos no se realizan de manera arbitraria.
  2. La carrera judicial debe articularse en una política integral.
  3. Debe evaluarse periódicamente.
  4. Debe abarcar todos los puestos jurisdiccionales.
  5. Todas las categorías de la carrera judicial deben obtenerse mediante cursos-concursos de oposición abiertos y públicos
  6. Los criterios de evaluación de los procesos de selección deben ser pertinentes y vinculados con la función del cargo concursado.
  7. Los procesos de selección y promoción deben incluir mecanismos para valorar la integridad de los funcionarios
  8. Los procesos de selección y promoción deben ser confiables y transparentes.
  9. Los resultados del proceso de selección deben ser recurribles.
  10. Las suplencias o comisiones deben tener una duración limitada, siguiendo criterios objetivos de otorgamiento. 
  11. La capacitación debe contribuir a la generación de mejores perfiles.
  12. Evaluación y capacitación deben ir de la mano. Los programas de capacitación deben estar construidos con base a las necesidades identificadas en las evaluaciones del personal. 
  13. Las capacitaciones deben ser accesibles. Se debe apostar por capacitaciones en línea, abrir sedes alternas para los funcionarios de la periferia y ofrecer horarios accesibles para maximizar el alcance de las actividades formativas hacia funcionarios de todos los niveles, géneros y adscripciones.
  14. El trabajo de las visitadurías deben permitir una evaluación cualitativa del desempeño y del ambiente laboral, para obtener información estratégica sobre el desarrollo del capital humano y del órgano evaluado.
  15. Deben existir mecanismos institucionalizados de evaluación de desempeño individual con enfoque positivo y constructivo, de tal manera que sea posible conocer y reconocer las fortalezas de cada empleado, así como sus áreas de oportunidad, para ofrecerles herramientas para mejorar su desempeño.
  16. Se debe privilegiar la inamovilidad de los juzgadores
  17. La ratificación no debe ser la regla general y, de realizarse, debe implementarse bajo criterios transparentes y objetivos.
  18. Las readscripciones no deben ser utilizadas como premios y castigos, para evitar que sean utilizadas como medida de presión.
  19. Las adscripciones y readscripciones deben realizarse mediante criterios y procesos transparentes y objetivos y ser recurribles.
  20. La perspectiva de género debe ser un elemento transversal de la carrera judicial e impactar en las condiciones laborales.