Malos pretextos para bloquear a las energías renovables

Por María Fernanda Ballesteros (@mfballe) y Viviana Patiño (@viviana_paal) | Animal Político

Nota: este artículo fue escrito antes de que la ‘intención de fondo’ por parte de la Secretaría de Energía se decantara en forma de ‘Acuerdo para la confiabilidad del sistema eléctrico’, publicado en el Diario Oficial el viernes 15 de mayo. Un bloqueo en toda regla de las energías renovables, a favor de la posición dominante de CFE.

Es esencial que el Estado ‘blinde’ el servicio eléctrico en el contexto de una emergencia. Al mismo tiempo, procurar su provisión de la forma menos contaminante y más eficiente es del mayor interés público: las energías renovables evitaron que 2 mil millones de toneladas de dióxido de carbono se emitieran a la atmósfera en 2018.

Hoy estas energías, como señala Alejandro Chanona, no sólo son óptimas en términos ambientales, sino también en términos económicos y de desarrollo. En la última década, los costos —sin subsidio— de las energías eólica y solar han caído 70 y 89%, respectivamente. Tal vez por ello la inversión en renovables ha aumentado en 55% desde 2010. En 2019 el mundo invirtió 363.3 mil millones de dólares en energía limpia. La Agencia Internacional de la Energía (IEA, por sus siglas en inglés) espera que se superen los 600 mil millones de dólares en inversión mundial entre el 2025 y 2030.

Dado este escenario, nada más lógico que los países muestren una actitud positiva hacia la transición a energías limpias, buscando beneficios económicos y ambientales. México, desgraciadamente, no es el caso. La emergencia sanitaria se ha utilizado para evidenciar la renuencia de esta administración hacia ellas.

El 29 de abril, el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), operador de la red eléctrica, emitió un acuerdo en el que argumenta que durante el tiempo de contingencia se han dado fallas en la red eléctrica, y que la generación intermitente de las centrales eléctricas eólicas y fotovoltaicas afectan la confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Por tanto, anuncia la suspensión de las pruebas preoperativas y las autorizaciones de nuevas centrales. En pocas palabras, cierra la puerta a las renovables. Además, para las centrales de renovables que ya se encuentran en operación, con este acuerdo existe el riesgo de que puedan ser las primeras en salir del sistema, a pesar de ser fuentes de energía más barata y más limpia.

Hay una manera correcta de regular en la emergencia

El acuerdo se presenta como una medida excepcional y urgente, provocada por la emergencia. Sin duda en las últimas semanas se han verificado cambios sin precedentes en el uso de la infraestructura eléctrica, ya que hubo una disrupción global en la forma de vida y trabajo de las personas. Los reguladores deben adaptarse a estos cambios de forma rápida y significativa. Desafortunadamente, la crisis hace más palpable que nunca la descoordinación, falta de capacidad y debilidad que caracterizan la regulación del sector eléctrico de nuestro país.

La OCDE publicó una lista con recomendaciones regulatorias durante el Covid-19. Destacan aquéllas dirigidas hacia los reguladores económicos de servicios de red, como es el caso del sistema eléctrico, ya que es más importante que nunca asegurar calidad, fiabilidad y accesibilidad de servicios, de cara tanto a inversionistas como a consumidores. Para ello, los entes reguladores deben apegarse a prácticas de buena gobernanza.

Es claro que una acción en tiempos de emergencia no puede seguir los mismos procesos para asegurar la calidad regulatoria que en tiempos ‘normales’. Sin embargo, de acuerdo con la propia OCDE, aun en la crisis se deben de aplicar buenas prácticas regulatorias. Sí, resulta muy difícil anticiparse a las circunstancias, las cuales no propician el análisis y la discusión concienzuda sobre el impacto de regulaciones diseñadas para lidiar con asuntos urgentes. Sin embargo, eso no significa que existe una carta blanca para las regulaciones que se emiten.

El proceso de consulta con los afectados por la regulación, por ejemplo, si bien no puede ser extenso y exhaustivo, sí debería arrojar evidencia suficiente para garantizar la efectividad y el expertise técnico de la respuesta regulatoria. Podrían formarse grupos de asesores y expertos en las áreas relevantes, y las decisiones cruciales se podrían sujetar a consultas con representantes del sector público, privado y social.

La transparencia es también fundamental. Se debe proveer suficiente información a todos los sujetos interesados para que puedan entender de forma clara el propósito y necesidad de las medidas. Además, es importante que una vez que termine la emergencia, todas esas regulaciones que tuvieron un proceso fast track queden sujetas a revisión y rendición de cuentas.  

El comunicado del G20 en materia de comercio e inversiones va también en este sentido, al señalar que las medidas de emergencia deben estar dirigidas, ser proporcionales, transparentes y temporales, para que no se creen barreras innecesarias.

Si bien organismos internacionales han hecho un llamado para que hoy más que nunca los reguladores económicos atiendan principios de gobernanza en el cumplimiento de su mandato, el acuerdo del Cenace podría ser tomado como un perfecto ‘antiejemplo’ de lo que debe hacerse, por las siguientes razones:

  1. No tiene facultades: al tratarse de una disposición administrativa de carácter general, que restringe el acceso a una parte de la industria, se trata de una facultad del regulador, es decir de la CRE, y no del operador.
  2. Es contraria a su objeto: las medidas son contrarias al objeto de buscar que el Mercado Eléctrico Mayorista opere en condiciones que promuevan la competencia y eficiencia —sin favorecer a ningún participante—. Únicamente considera quién es el generador más eficiente y de menor costo.
  3. No provee evidencia: en el Acuerdo no se expone cómo las fallas de la red se relacionan con la generación intermitente de las centrales de renovables, por lo que no hay justificación técnica para el desplazamiento “temporal” de los actores eólicos y fotovoltaicos.¿Por qué en otros países —incluso durante esta emergencia—, se está dando un mayor espacio a este tipo de generación, y en México representa un problema?
  4. No es proporcional: como señala el Dr. Roldán Xopa, no es claro cómo la medida es proporcional para resolver las fallas que, dice, se generan por la intermitencia de las energías renovables. Incluso en el caso de los sistemas interconectados aislados, no hay especificación de los criterios que se seguirán.
  5. No tiene temporalidad: no se fija un plazo para la medida de emergencia. De acuerdo con la OCDE establecer límites para medidas excepcionales implica el poder preveer cómo las industrias y las estructuras del mercado van a evolucionar debido a la crisis y el impacto que esto pueda tener.
  6. Carece de consulta previa: aun en casos de emergencia es factible realizar una consulta con un grupo de representantes de la industria, así como del sector académico y social, además de dar vista a la Conamer.
  7. No tiene independencia: la titular de la Secretaría de Energía ha reconocido que se trató de una instrucción emitida por su dependencia. Incluso ha mencionado que “va a haber un 54% producción de electricidad de la CFE (…) y un 46% de los privados; eso está hablado con ellos (particulares) desde hace más de un año”.

Desafortunadamente, este acuerdo no parece ser un acto que se vaya a limitar a la emergencia. El 12 de mayo se publicó en algunos medios el borrador de un acuerdo de la Sener que emitiría una nueva política de confiabilidad, seguridad y calidad en el Sistema Eléctrico Nacional que deberán seguir la Comisión Reguladora de Energía (CRE), el Cenace, los gobiernos de las entidades federativas y sus municipios y los organismos constitucionales autónomos, entre otros. En este borrador se señala: “Que el acceso abierto no indebidamente discriminatorio implica que un interesado en interconectarse al SEN debe de recibir el mismo trato que cualquier otro que se encuentre en las mismas condiciones… cuando ello sea técnicamente factible; en otras palabras, se deberá considerar un trato diferenciado a cada solicitante de Interconexión o Conexión, cuando las condiciones de infraestructura así lo requieran, de tal forma que permitan la Interconexión o Conexión sin afectar la integridad y el Funcionamiento Eficiente del Sistema Eléctrico Nacional.”

Con esto, la Sener busca imponer el criterio de que la característica de acceso abierto de la red eléctrica —prevista en la Ley de la Industria Eléctrica, con el fin de impulsar la eficiencia, competencia y, por tanto, menores costos en la generación de energía—, no es posible si las condiciones de la infraestructura no lo permiten. Lo anterior sin duda busca justificar la argumentación plasmada en el acuerdo del Cenace: dadas las fallas que han sufrido en la red, no se puede dar acceso a energías renovables.

Este acuerdo, junto con las declaraciones de las cabezas del sector, dan señales claras de la intención de fondo: que el cerco de las energías renovables sea permanente y a como dé lugar.

La pregunta que quedaría a responder es si este nuevo acuerdo —que dibuja una política contraria al objeto y razón de ser tanto del regulador energético como del operador de la red—se sostiene o si al ser contraria a las leyes vigentes es solo un acto más de ilegalidad deliberada, que acabará afectando el bolsillo y la salud de los mexicanos.