El Estado ha abandonado a las víctimas

Por Chrístel Rosales (@Chris_Ros) | Animal Político

Tal parece que la transformación completa del sistema de justicia penal, una Ley General y un Código Nacional de Procedimientos Penales no han sido suficientes para hacer efectivos los derechos de las víctimas. Trece años después de iniciar la implementación del sistema acusatorio y ocho de traducir las demandas de justicia en una ley para las víctimas, el Estado no ha logrado garantizarles la posibilidad de ejercer un papel activo en el proceso penal, ni salvaguardar sus derechos de acceso a la justicia, a la verdad y la reparación.

Pese a las llamadas de atención desde organismos internacionales y sociedad civil en relación con la deriva en que se ha dejado al Sistema Nacional de Atención a Víctimas (SNAV), las omisiones, quejas e interrogantes permanecen sin respuesta. En último término, la gran deuda del Estado es con las víctimas, quienes tras sufrir por un delito o por la violación de sus derechos, y acudir ante el Estado en busca de auxilio, se enfrentan con negación, indiferencia o maltrato.

Recordemos que México atraviesa por una crisis humanitaria de dimensiones incuantificables. El número de víctimas[1] en el país ascendió a 22.3 millones, es decir, un promedio de 24.8 miles de víctimas por cada 100 mil habitantes, lo que equivale a una víctima por cada cuatro personas. Si bien el dato es alarmante, existen entidades federativas con tasas más altas, como el Estado de México (38.5) y la CDMX (37.3), así como entidades que destacan por el lesivo impacto de sus violencias, como Jalisco (27.3) y Guanajuato (27).

Estos datos dan una idea del punto al que ha llegado la victimización en el país; sin embargo, cuando se trata de delitos que atentan contra la vida y la integridad, los datos son más reveladores. El año 2020 cerró con un registro de 36,579 homicidios en el país, lo que equivale a una tasa de 29 homicidios por cada 100 mil habitantes. Y no puede dejar de advertirse la aguda crisis provocada por la desaparición de personas, que a la fecha acumula un total de 90,990 personas desaparecidas y no localizadas a nivel nacional, sin respuesta institucional que alcance a prevenir y abatir el fenómeno, ni siquiera a comprenderlo.

Si bien la victimización es diversa, lo cierto es que México se ha convertido en un ‘productor’ imparable de víctimas. Pese a eso, las autoridades no han asumido, con voluntad real, la agenda en favor de los derechos de las víctimas: basta echar un vistazo a la situación que enfrentan en el proceso penal.

Lo que la igualdad de armas implica para las víctimas

La transformación hacia un sistema de justicia penal basado en el debido proceso representó la oportunidad de ubicar a las víctimas en el centro del conflicto penal. Es decir, los conflictos dejan de ser asuntos que sólo involucran al Estado –como representante de la sociedad– y a la persona imputada, para reconocer a las víctimas también como sujetos procesales y sujetos de derechos.

Esta concepción modifica por completo la representación monopólica del Ministerio Público (MP), de manera que las víctimas accedan de manera autónoma a la justicia, sin que sus intereses y acciones estén supeditados a las decisiones del MP. Lo que surge, en cambio, es la igualdad de armas, como un principio que asegura que las partes tendrán los mismos derechos, posibilidades y cargas procesales, ya sea para sostener la acusación o bien la defensa.

En este nuevo esquema mantener el equilibro es de suma importancia, de manera que ninguna de las partes –víctima o imputada– quede en estado de indefensión. Por ello se creó la figura de la asesoría jurídica, con una función equiparada a la de la defensoría, y que brinda asistencia a las víctimas durante el proceso penal y vela por el ejercicio de sus derechos.

La asesoría jurídica es clave para asegurar que las partes serán representadas y que el proceso será vigilado, a fin de mantener el cauce de legalidad desde la investigación hasta la conclusión. Ya que cada vez que se rompe una cadena de custodía, que se contamina un elemento de prueba, que se tortura o incrimina a un imputado o que se viola el derecho al debido proceso, se aleja a las víctimas de la verdad y la justicia. La actuación de la asesoría está en función de la etapa del proceso, así como de su desarrollo. Y aunque no es posible sostener que este representante siempre tendrá una postura distinta a la del MP, lo cierto es que en todo momento debe velar por el interés de la víctima y salvaguardar sus derechos, mientras que el MP hará lo propio para decidir sobre el ejercicio de la acción penal.

¿Existen condiciones para hacer efectiva esa igualdad?

En términos operativos, la respuesta contundente es no. No existen condiciones mínimas para asegurar tal igualdad, ya que la asesoría victimal y las Comisiones de Atención a Víctimas, que son las instancias a cargo del registro, atención, asesoría y reparación, no han logrado constituirse en todas las entidades y en las que sí, su debilidad salta a la vista. Este último operador es prácticamente el más rezagado e invisibilizado en el proceso penal, lo que imposibilita la representación y acompañamiento efectivos, así como la posibilidad de garantizar los derechos de las víctimas, entre ellos el derecho a la verdad y a la reparación. Veamos algunos elementos que caracterizan su estado actual:

  • Instalación de las Comisiones Ejecutivas (CEEAV): al 2020, no se ha concluido la instalación de las comisiones en todas las entidades; sólo se han instalado 27 de las 32 que tendrían que existir.
  • Asignación del presupuesto: las Comisiones de Víctimas son la instancia más limitada y rezagada del Sistema de Justicia Penal y su falta de presupuesto es muestra de ello. Para darnos una idea, las CEEAV reciben 32 centavos por cada peso que reciben las defensorías, y sólo tres centavos por cada peso que reciben las fiscalías.
  • Registro Nacional de Víctimas (RENAVI): al 2020, sólo 10 entidades[2] integran su información, es decir, que las víctimas de las otras 22 entidades no son registradas. No sólo quedan fuera del radar, sino que también se les impide el acceso a las medidas de ayuda, asistencia y reparación. Al no reflejar la información de las víctimas de todo el país de una manera, además, homologada, el funcionamiento del RENAVI menoscaba el ejercicio de sus derechos. La propia Auditoría Superior de la Federación[3] concluyó que este registro no ha logrado ser una plataforma nacional, sistematizada, completa ni confiable.
  • Personal insuficiente: A nivel local se cuenta con una tasa de 1.3 personas asesoras victimales por cada 100 mil habitantes[4]. Si bien la victimización es diversa en el territorio nacional, lo cierto es que es el operador más invisibilizado, con entidades en las que su proporción es cercana a cero, tales como Chihuahua, Oaxaca, Puebla, Veracruz, Hidalgo y Tamaulipas. Además, es de resaltar que hoy en día su adscripción es heterogénea: mientras en algunas entidades la asesoría jurídica depende de las Comisiones de Víctimas, en otras sigue dependiendo de las fiscalías, lo que siembra dudas sobre el grado de independencia operativa.


  • Sobrecarga de trabajo: a nivel federal, para 2020 se registraron 16,978 asuntos de representación y asesoría jurídica, que fueron asignados a 102 personas, por lo que cada una atendió en promedio 166 asuntos[5]. A nivel local la situación no es muy distinta: en promedio cada persona asesora representó a 152 víctimas[6], aunque hay estados donde la carga de trabajo es alarmante, como Sonora o Veracruz, con 379 y 381 víctimas representadas en promedio por cada asesora. Estos niveles distan mucho del óptimo –que es de 40 asuntos– para estar en posibilidad de hacer investigación, participar en el proceso, y diseñar y desahogar la estrategia de litigio en favor de las víctimas.


  • Falta de profesionalización: además de contar con personal suficiente, se deben garantizar condiciones de certidumbre laboral y posibilidades de desarrollo profesional a las personas asesoras. Igualmente, deben contar con libertad para desempeñar sus funciones con apego a la ley, sin injerencias y sin la amenaza de ser sancionadas o removidas de sus funciones por tener un desempeño independiente. Sin embargo, al 2020, sólo en Querétaro se identifican esfuerzos por establecer un Servicio Profesional de Carrera. Ninguna entidad federativa adicional, ni tampoco la Federación, presentan avances.
  • Nula reparación: si bien las víctimas tienen derecho a la reparación, de aquéllas que fueron representadas en el proceso penal sólo se reparó el daño al 0.30%. ¿Cómo explicar la incapacidad del Estado –como responsable subsidiario– para garantizar la reparación? A nivel nacional, de las 41,429[7] víctimas que se encontraban registradas para 2020, tanto del ámbito federal como local, sólo 597 fueron beneficiadas con medidas de ayuda o reparación por parte de la CEAV.

¿Consolidación o redefinición?

Frente a este panorama no queda más que concluir que la política de Estado para atender y reparar a las víctimas es inexistente de facto. Visto de otra forma, los derechos de las víctimas existen sólo en el papel. Sin recursos ni condiciones para la operación, la garantía de sus derechos se hace impensable. La ausencia de condiciones pasa, en primer lugar, por la falta de su reconocimiento, al imponerles litigar para ser ingresadas al RENAVI; pero también por la falta de una representación jurídica que vele efectivamente por sus intereses. Esta figura tendría que convertirse en un facilitador para acceder a la justicia, no sólo por su participación e investigación autónoma desvinculada del MP, sino también porque tienen la misión de traducir el mundo legal a un lenguaje cotidiano y comprensible, que permita a las víctimas tomar decisiones sobre sus procesos. Y, finalmente, la falta de condiciones se ha traducido también en una negativa a su legítimo derecho a la reparación.

Si hablamos de justicia y de un momento de cambio en el país, ésta es la agenda que tiene que ponerse sobre la mesa. La voluntad y la responsabilidad del Estado requieren abandonar el terreno discursivo para materializarse en un debate amplio sobre el modelo de atención a víctimas, y convertirse en una hoja de ruta de la más alta prioridad y urgencia.


[1] Datos de prevalencia delictiva, Envipe 2020, Inegi.

[2]Durango, Jalisco, el Estado de México, Michoacán, Nayarit, Sinaloa, San Luis Potosí, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán.

[3] https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2015i/Documentos/Auditorias/2015_0322_a.pdf

[4] Elaboración propia con datos retomados del Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatal (INEGI), Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (INEGI) y solicitudes de información vía transparencia realizadas por México Evalúa. La información de Baja California, Morelos y Tabasco no se presenta ya que la misma no fue reportada.

[5] Programa institucional de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas 2020-2024, Avance y resultados 2020.

[6]  Elaboración propia con datos de solicitudes de información realizadas por México Evalúa. Las entidades que no reportaron alguna variable de información se omitieron del análisis.

[7] 29,506 del fuero federal y 11,923 del fuero local.