No hay vuelta atrás para la justicia digital
Por Laurence Pantin (@lpantin) | Proceso
Los justiciables enfrentan una situación muy compleja. A raíz de la pandemia por covid-19, los poderes judiciales tuvieron que suspender la mayoría de los servicios que ofrecen normalmente, y tomaron la decisión de centrarse únicamente en los asuntos más urgentes —en materia penal, cuando está en juego la libertad de las personas y cuando se trataba de delitos graves; en materia familiar, en lo que toca a pensiones alimenticias y violencia hacia las mujeres y los menores de edad—[1].
Sin embargo, la demanda de justicia nunca se detiene y, de hecho, en momentos de crisis como el que estamos viviendo, incluso aumenta. Es posible que la contingencia deje un saldo grande de demandas ante los tribunales, tan sólo por sucesiones, deudas, divorcios, juicios por pensiones alimenticias o casos de violencia intrafamilar, entre otros.
Por ello, los poderes judiciales han buscado reactivar de manera gradual los servicios que ofrecen en esta contingencia y, sin duda, los que han podido hacerlo en mayor medida han echado mano de soluciones tecnológicas, algunas que ya se usaban, otras que amplían las funcionalidades de herramientas existentes y también unas nuevas. Estos esfuerzos van desde la habilitación de líneas telefónicas, direcciones de correos electrónicos o plataformas de solicitud de citas para diligencias, realizar ciertos trámites o consultar expedientes, hasta el impulso a juzgados en línea, pasando por la creación de oficialías de partes virtuales, la implementación de expedientes electrónicos, la instauración de tribunales virtuales o la autorización para realizar audiencias mediante videoconferencias.
El problema es que, al ampliar los trámites y las etapas de los procesos que pueden desarrollarse de manera digital, en la mayoría de los casos los poderes judiciales no cuentan con la normatividad que respalde la implementación de estas innovaciones. Esto implica que los esfuerzos que realizaron algunos poderes para reanudar por lo menos parte de sus actividades vía digital puedan verse mermados por la posibilidad de que algunos abogados promuevan la nulidad de algunos procesos, con el argumento de que la forma y los medios en los que se llevaron a cabo fueron ilegales, al no tener un sustento jurídico que tienen los procesos tradicionales. Así lo advirtieron varios de los ponentes de la serie de webinars que organizamos la semana pasada en México Evalúa, sobre el tema de la justicia digital en el país. Consideramos relevante retomar aquí sus principales conclusiones.
La percepción de una situación kafkiana permeó en muchas de las discusiones. La reforma constitucional del 15 de septiembre de 2017 dio la facultad al Congreso de la Unión de expedir un código único en materia procesal civil y familiar y sus transitorios establecían que, mientras se aprobara este texto —lo cual debía suceder en un lapso no mayor a 180 días—, seguiría vigente la legislación procesal civil y familiar de la Federación y de los estados. El detalle está en que el Congreso federal todavía no expide el tan esperado Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, dejando a los congresos locales con las manos atadas para reformar la normatividad local en la materia, pues ello implicaría una invasión a la facultad exclusiva del Congreso de la Unión, según resolvió la Suprema Corte en dos ocasiones[2].
Este impasse, que impide a los poderes legislativos apoyar los esfuerzos de los poderes judiciales para explorar la vía digital, es lo que motivó, entre otras cosas, a la presidenta de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, Pilar Ortega, a presentar una iniciativa de Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares el pasado 3 de junio, como ella misma lo comentó en uno de nuestros webinars. Se trata de un texto muy interesante, que prevé no solamente la posibilidad de usar medios digitales en ciertas partes de los procesos, sino la transición a la oralidad de las materias civil y familiar.
Sin embargo, aun y cuando es necesaria la actualización de la normatividad conforme a la nueva realidad, como lo señaló Hilda Servín, directora general del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México, esta propuesta legislativa, que en otros tiempos hubiera sido bien recibida, presenta hoy grandes desafíos, pues requeriría inversiones importantes para la construcción de salas de oralidad en un momento en que los poderes judiciales deben absorber la justicia laboral[3], indicó por su parte Antonio Gutiérrez, consejero de la judicatura del Poder Judicial de Nuevo León. Adicionalmente, se ve complicado que los poderes judiciales puedan aspirar a obtener recursos adicionales para realizar estas inversiones, pues atravesamos una crisis económica sin precedentes, que va a afectar el presupuesto disponible para el próximo ejercicio fiscal y posiblemente a más largo plazo.
Estamos lejos aún de poder contar con una justicia digital en México. Más allá de los retos normativos o presupuestales, la falta de acceso a internet para gran parte de la población todavía hace difícil imaginar que podemos llegar a ello en el corto o mediano plazo.
Por su parte, Ricardo Sodi, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, apuntó que algunos procedimientos habilitados de manera digital en el Poder Judicial mexiquense —como lo son los juzgados civiles y familiares en línea, por ejemplo— no están contemplados en la iniciativa, por lo que ésta podría implicar un retroceso. El magistrado hizo un llamado a los legisladores a no igualar a todos los poderes judiciales hacia abajo y tomar en cuenta los distintos grados de avance tecnológico que cada uno pueda tener.
La buena noticia es que la diputada Ortega anunció que este texto y otras iniciativas que otros grupos parlamentarios están trabajando sobre el mismo tema podrán ser discutidos, comentados y mejorados mediante un mecanismo de parlamento abierto[4].
La participación de Fabiana Estrada, coordinadora de asesores de presidencia de la Suprema Corte, también fue muy relevante. Detalló que las medidas tomadas por la Suprema Corte para permitir la tramitación digital de todos los juicios de su competencia, y por el Consejo de la Judicatura Federal para autorizar que todos los juicios que atiende el Poder Judicial Federal puedan ser impulsados en línea y mediante videoconferencias, fueron resultado de un esfuerzo de modernización del Poder Judicial Federal que arrancó antes de la pandemia[5].
De la misma manera, destacaron los anuncios de José Antonio Ortega, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia de Querétaro, y del consejero Gutiérrez del Poder Judicial de Nuevo León, con respecto a la reanudación de plazos y términos procesales en todas las materias, gracias al desarrollo de distintas herramientas digitales.
Sin embargo, estamos lejos aún de poder contar con una justicia digital en México. Más allá de los retos normativos o presupuestales que ya mencionamos, la falta de acceso a internet para gran parte de la población todavía hace difícil imaginar que pudiéramos llegar a ello en el corto o mediano plazo, señaló Viridiana Valgañón, abogada litigante de EQUIS Justicia para las mujeres. Por ello, advirtió que el proceso de digitalización de la justicia debe ser cuidadoso y bien planeado, de modo que amplíe efectivamente el acceso a la justicia y no termine contribuyendo a cerrarlo todavía más para grupos en situación de vulnerabilidad y marginación, como pueden ser ciertas comunidades indígenas que a menudo no cuentan con computadoras o acceso a internet. También consideró importante que las plataformas desarrolladas sean inclusivas y permitan su uso por parte de personas con discapacidad o que hablen un idioma indígena.
La protección de los datos personales de los usuarios de las herramientas digitales desarrolladas por los poderes judiciales también debe ser tomada en cuenta. Solamente así se podrá generar la confianza de los justiciables en estos mecanismos, como lo subrayó Hilda Servín.
Otro obstáculo para la transformación de la justicia viene de la resistencia de los propios abogados, remarcó por su parte el abogado Xavier Cortina; no solamente porque a veces se sientan intimidados por las nuevas tecnologías, sino porque algunos consideran que una justicia más pronta y eficiente les impediría cobrar ciertos servicios a sus clientes. Por ello, es indispensable un cambio de mentalidad, subrayó el socio del despacho Quijano, Cortina y de la Torre.
Al respecto, Omar Espino Zarazúa, secretario del Colegio de Abogados Litigantes de Querétaro, aseveró que es necesario que los abogados compartan las implementaciones tecnológicas con sus clientes, ya que éstas permiten tener mayor transparencia en los procesos.
Por ello, José Mario de la Garza, presidente de Renace San Luis Potosí, consideró necesario replantear el ejercicio entero de la abogacía desde las escuelas. También apuntó que la digitalización de la justicia no puede reducirse a invertir en nuevas tecnologías para inyectarlas a un sistema viciado, sino que se necesitan primero replantear el sistema y los procesos de impartición de justicia para que la tecnología permita mejorarlos.
Por ello, la actual
contingencia representa un parteaguas, de acuerdo con el magistrado Ortega
de Querétaro. En los poderes judiciales en México, “podríamos establecer un AC
y en DC, un antes del coronavirus y un después del coronavirus”, expresó. Antes
del coronavirus, los poderes judiciales estaban en una zona de confort. Después
del coronavirus, no tendrán más opción que la de modernizarse.
[1] Esto es a nivel local, con notables excepciones, como el Poder Judicial de Nuevo León, que consideró asuntos urgentes en todas las materias. A nivel federal, los asuntos urgentes eran en temas penales y de amparos.
[2] Dos decisiones de la SCJN invalidaron reformas a la legislación procesal civil y familiar de Coahuila y de Aguascalientes aprobada después de la reforma constitucional en comento, al argumentar que los estados carecen de facultades para legislar en el tema.
[3] Los 10 primeros poderes judiciales deben abrir juzgados en esta materia a partir de octubre y todos tendrán que hacerlo, en diferentes etapas, para 2023.
[4] Es probable, por lo tanto, que el proceso de aprobación del Código Nacional tome tiempo. Sin embargo, los poderes judiciales van a tener que retomar sus actividades físicamente y es probable que los juzgados se llenen y puedan ser focos de contagio, si no se hace nada para promover el uso de nuevas tecnologías. Por ello, quizás valdría la pena explorar la posibilidad de que el Congreso de la Unión aprobara una Ley General en este tema, aprovechando la fracción XVII del artículo 73 constitucional, que le da facultad para dictar leyes sobre tecnologías de la información, con el objetivo de dar certeza sobre los procesos en línea que están desarrollando los poderes judiciales y fijar para ellos reglas claras y respetuosas de los principios de los sistemas de justicia democráticos: respeto al debido proceso, independencia, transparencia y rendición de cuentas. Un ejercicio de esta naturaleza debería tomar en cuenta las realidades particulares y la autonomía de cada poder judicial, sin imponer una exigencia desmedida a algunos o un retroceso a otros.
[5] También precisó que los asuntos que comenzaron a tramitarse de manera física podrían migrar a la nueva modalidad de juicios en línea.