Tres razones para aprobar la Ley Nacional de Ejecución Penal

De la fuga del Chapo a la tragedia de Topo Chico, miembros de la sociedad civil hemos urgido a nuestros congresistas a aprobar la Ley Nacional de Ejecución Penal y aquí exponemos tres razones.

Por: Layda Negrete (@LaydaNegrete) y Leslie Solís (@Leslie_fs)

Este miércoles 27 de abril fue un buen día para la justicia en México. En esta fecha, organizaciones de la sociedad civil interesadas en combatir el abuso y la corrupción en nuestras prisiones hicimos lo que pocas veces hacemos:celebramos. ¿Nuestro motivo? La aprobación del dictamen de la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP) en el pleno del Senado de la República[1]; una ley que, de aprobarse en la cámara baja en los mismos términos definidos en el Senado, redondeará nuestra dicha.

Para construir el texto de esta ley, senadores sensibles abrieron la puerta de sus comisiones. Durante tres años se convocaron a integrantes de la sociedad civil, de la comunidad académica y de las autoridades que forman parte del sistema penitenciario. Un buen proceso dio, en nuestra opinión, un buen resultado.

¿Por qué celebramos?

El dictamen aprobado en el Senado establece elementos de rendición de cuentas que, como todo contrapeso, serán un antídoto eficaz contra el abuso y la corrupción que han caracterizado el sistema penitenciario mexicano. De concluirse el proceso legislativo con éxito, México contará con tres nuevos mecanismos de supervisión y control en materia de ejecución penal:

Mecanismo #1: Supervisión de la Sociedad Civil

En los artículos 107 y 108 de la LNEP se incorpora el derecho de las organizaciones de la sociedad civil (OSC) dedicadas a la protección de los derechos humanos a “formular peticiones administrativas ante la autoridad penitenciaria en contra de los hechos, actos u omisiones respecto de las condiciones de internamiento”[2]. Esto incluye irregularidades en perjuicio tanto de los internos como del personal penitenciario.

La relevancia de ello es brindar voz a las OSC, ya que, en ocasiones, las personas privadas de la libertad y sus familiares no presentan quejas por temor a represalias. Este mecanismo fue una de las peticiones realizadas por diversas OSC, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el pasado 7 de abril, en el marco de su 157° periodo de audiencias.

Mecanismo #2 Control judicial en el sistema penitenciario

La LNEP contempla un contrapeso judicial a la actuación del Ejecutivo a través de la Jurisdicción de Ejecución Penal, que promete ser mucho más eficiente que el amparo para garantizar condiciones de internamiento dignas y seguras.

Al respecto, la nueva ley estipula que las juezas y los jueces de ejecución tendrán competencia para garantizar que la privación de la libertad de personas procesadas y sentenciadas se aplique sin abusos ni privilegios. Sus resoluciones deberán acatarse plenamente por los poderes ejecutivos.

Razón #3: Estadística penitenciaria recabada y publicada por el Inegi

Por primera vez en México, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) podría estructurar un sistema de información para entender el desempeño de las instituciones en el sistema de justicia penal y conocer más sobre las personas que tienen contacto con las mismas.

El artículo 29 del dictamen establece la creación del Sistema Nacional de Información Estadística Penitenciaria, que incluirá registros administrativos, censos y encuestas. De esta manera, se contará con datos sobre infraestructura y recursos de los sistemas penitenciarios y cifras importantes sobre sobre víctimas, delitos, penas y personas privadas de la libertad, así como información testimonial sobre las condiciones de procesamiento e internamiento.

Un llamado a los diputados a no apagar la música de esta fiesta

Hoy por hoy, las cárceles tienen carencias importantes en temas de seguridad y derechos humanos como ha detectado la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por medio del Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP) realizado anualmente. Deficiencias en la prevención de incidentes violentos (riñas, lesiones, fugas, suicidios, homicidios y motines), presencia de objetos y sustancias prohibidas, internos que ejercen violencia y control sobre el resto de la población, e insuficiencia de personal de seguridad y custodia, incluso en penales de máxima seguridad son sólo algunas de las debilidades presentes en la mayoría de nuestros centros de privación de libertad. Aunado a esto, subsiste el problema de sobrepoblación en centros estatales. En diciembre de 2015, la sobrepoblación promedio era del 18.47 por ciento a nivel nacional y de hasta 169.61 por ciento en el Estado de México.

Las OSC interesadas en el tema creemos que los problemas persistentes del sistema penitenciario pueden revertirse si cambia la forma en que se ejerce el poder en los penales. Actualmente es el ejecutivo quien administra la sanción a la sombra de muchos interesados en evaluar y cambiar las condiciones de las cárceles mexicanas. Eso cambiaría si se implementan los mecanismos de rendición de cuentas incluidos en el dictamen. Sólo así seremos capaces de alterar el perverso balance existente.

Incidente tras incidente penitenciario, de la fuga del Chapo a la tragedia de Topo Chico, miembros de la sociedad civil hemos urgido a nuestros congresistas a aprobar la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Somos conscientes de que ello conlleva un impacto presupuestal. Pero se trata de una inversión para empezar a saldar una deuda histórica con las personas privadas de la libertad de un país donde aún subsiste la extracción de rentas de los mismos internos (la CNDH ha documentado cuotas y las ha catalogado como sobornos y extorsión).

Invertir en el sistema penal, en policías civiles y en la investigación científica, es indispensable para la construcción del Estado de Derecho. Las leyes son básicas, pero no bastan. Se necesita una visión y un cheque que las acompañe.

El dictamen de la Ley Nacional de Ejecución Penal ha sido celebrado por organizaciones comprometidas con la justicia como Documenta, A.C., el Instituto de Justicia Procesal Penal, el Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría, así como Madres y Hermanas de la Plaza Luis Pasteur, pues es resultado de un largo proceso de deliberación, auspiciado por un grupo de senadores particularmente sensibles a este tema, que contó con la participación de servidores públicos, especialistas, académicos y representantes de organizaciones de la sociedad civil. Por ello, pedimos a los diputados aprobar la Ley Nacional de Ejecución Penal, en los términos consensuados. Con su voto podrán mostrar su compromiso con la transparencia y la rendición de cuentas, así como con un país más justo y más seguro.

* Layda Negrete es Coordinadora del Proyecto de Calidad de la Justicia de@mexevalua y Leslie Solís es Investigadora del mismo proyecto.

[1] Se aprobó en lo general con 113 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

[2] Además de las OSC, las personas privadas de la libertad, sus familiares, visitantes, defensores públicos o privados, el Ministerio Público, así como autoridades que tengan dentro de su mandato la protección de las personas privadas de la libertad, podrán formular peticiones.