Nuestra vergüenza nacional

El Estado utiliza el recurso de la prisión de manera indiscriminada, pero no se hace cargo de ello ni de sus consecuencias. Deja a su buena fortuna a los internos, al mostrarse incapaz de velar por los derechos que conservan.

Las prisiones en México, la gran mayoría de ellas, son espacios sin ley. Priva ahí el orden del más fuerte, quien impone condiciones, extorsiona, maltrata con la anuencia de quienes ostentan formalmente la autoridad. No estoy revelando nada nuevo. La situación que priva en las cárceles mexicanas ha sido documentada por comisiones de derechos humanos, activistas, organismos internacionales, académicos, medios de comunicación nacionales y extranjeros. Y, sin embargo, nada pasa. Es un tema invisible. No nos importa. En nuestro fuero interno quizá supongamos que quien llega ahí merece el peor de los castigos y si ése fuera el razonamiento, dónde está el Estado, que debiera encontrar los medios para civilizar nuestros impulsos más bajos. Para evitar justamente la Ley del Talión.

Los testimonios de quienes han trabajado en prisiones y de los internos mismos describen situaciones extremas. No es ficción: internos que tienen que amarrarse para dormir por falta de espacio, el cobro por pasar lista, por la comida, por la visita, vaya, por existir. La deshumanización en una expresión aterradora. Las autoridades penitenciarias, por incapacidad o por colusión, han cedido el control de las prisiones. El autogobierno no es excepcional en el sistema.

Hace un año, México Evalúa presentó un estudio con el ánimo de atraer la atención del público, de los decisores y responsables directos para que se tomaran cartas en el asunto. El documento se intituló La cárcel en México: ¿para qué? La línea argumentativa de aquel estudio se centró en el uso irracional que damos a la prisión. La respuesta más extrema del Estado frente a una infracción, la cárcel, se aplica por igual a un delito muy menor que a uno mayor. Más de 96% de las sentencias implica una sanción privativa de la libertad, siendo que los códigos penales también contemplan otro tipo de sanciones.

En ese estudio, como en otros informes, también dimos cuenta del uso intensivo e irracional que se da a la prisión preventiva. Más de 40% de los internos en las cárceles mexicanas espera sentencia.

Así las cosas, el Estado utiliza el recurso de la prisión de manera indiscriminada, pero no se hace cargo de ello ni de sus consecuencias. Deja a su buena fortuna a los internos, al mostrarse incapaz de velar por los derechos que conservan. Un infractor que recibe una sanción privativa de libertad, conserva derechos. Parece que lo olvidamos.

En este contexto, que pareciera no tener salida fácil, es particularmente relevante la ley de ejecución penal que se discute en el Senado. Esta ley está inscrita en la reforma penal aprobada en 2008 y es consecuente con ella. Me explico: la reforma penal tiene el propósito de hacer más eficiente al sistema de justicia pero también promover los procesos justos en los que se vele por igual por los derechos de víctimas e imputados. El último eslabón del sistema, el penitenciario, no puede quedarse fuera de esa lógica.

La sustancia de la ley que se discute consiste en trasladar el debido proceso a la prisión. Y para hacerlo, se propone el control judicial sobre la misma. Para ello se contempla la figura de un juez de ejecución penal, quien sería un tercero que dirimiría diferendos entre las partes (el interno y la autoridad penitenciaria). El control judicial en la ejecución de penal es una puerta amplia por la cual entrar a ordenar el desastre de nuestras prisiones.

En el Senado se discuten varias iniciativas. Una de ellas está suscrita por senadores y senadoras de las distintas fuerzas políticas y los presidentes de las Comisiones de Justicia, Gobernación y Derechos Humanos. Esta iniciativa tiene los méritos para ser aprobada sin más dilación. Entre sus aciertos están el reconocer a la persona privada de la libertad como sujeto de derechos y obligaciones; el contemplar procesos administrativos y judiciales para garantizar condiciones de vida digna y segura en reclusión, tanto para personas procesadas como sentenciadas. Prevé mecanismos de acceso a la justicia penitenciaria para internos, visitantes y defensores, y para que se abran las prisiones al escrutinio social. Promueve transparencia en el régimen de reductivos de penas y también contempla un registro público de personas sentenciadas a prisión en el que pueda consultarse su lugar de internamiento y su situación jurídica (registro que hoy no existe).

En fin, parece que tenemos la llave para comenzar a arreglar nuestra vergüenza nacional. Nelson Mandela afirmó que se conoce una nación cuando se ha entrado en sus prisiones. Y a mí no me gusta nada cómo nos vemos reflejados en esa realidad.