La independencia judicial: una lucha permanente

Con el regreso del PRI a los Pinos y la oportunidad de influir en la configuración de la Suprema Corte, resurgió la preocupación, entre ciertos sectores de la población, de que se puedan utilizar las prerrogativas de nombramiento para disminuir la independencia de la Corte como había ocurrido en la época previa a 1994.

Por: Ana Cárdenas 

A escasos días de concluir el año laboral de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), fueron designados dos nuevos ministros, Norma Lucía Piña Hernández y Javier Laynez Potisek, la primera para sustituir a Olga María Sánchez Cordero y el segundo, a Juan Silva Meza. Estos nuevos nombramientos implican que con el inicio del año 2016 prácticamente estrenaremos una nueva Suprema Corte, en la que el presidente Enrique Peña Nieto, por una coyuntura legal, ha podido incidir profundamente. En total, el actual Presidente de la República ha podido proponer a tres ministros: Eduardo Medina Mora en marzo, y los que acabamos de señalar hace unos días.

Un fenómeno interesante es que durante el proceso de selección de estos tres cargos se registró una participación notoria de la sociedad civil. Grupos diversos, que incluyen a la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, organizaciones civiles en materia de defensa y protección de derechos humanos y en materia de rendición de cuentas, así como académicos, entre otros, levantaron la voz para pronunciarse sobre los candidatos y el proceso mismo de nombramiento. Si bien estas tres designaciones provocaron críticas y peticiones específicas de muchos tipos, el interés preponderante o, si se quiere, el común denominador de estas campañas y movilizaciones consistió en proteger la independencia de la SCJN frente al poder político.

Vale la pena recordar que apenas han transcurrido 21 años de la reforma de 1994 impulsada por el presidente Ernesto Zedillo, destinada a convertir la SCJN en un tribunal constitucional independiente. Esta reforma buscó, entre otras cosas, dotar a la Corte de mayor poder para fungir como árbitro en las disputas entre los distintos poderes públicos y también para restringir acciones y determinaciones gubernamentales que resultaran arbitrarias. Los mecanismos introducidos en aquel entonces tenían como objetivo institucionalizar los procesos para resolver posibles controversias sobre los límites de competencias entre poderes y para determinar la posible inconstitucionalidad de leyes.

En general, se puede considerar que cualquier tipo de corte es independiente cuando decide asuntos con base en los hechos probados, así como el derecho y los principios aplicables, sin aplicar ningún sesgo a favor de alguna de las partes y sin ser objeto de amenaza de represalias, como la de perder el cargo o la estabilidad financiera. Ahora bien, para lograr una Suprema Corte (y un Poder Judicial de la Federación en su conjunto) independiente, se precisa de arreglos institucionales directamente relacionados con la conformación del tribunal constitucional, los cuales fueron previstos en la reforma de 1994.

Esos arreglos incluyen la modificación del proceso de nombramiento de ministros, a fin de que su designación no recayera exclusivamente en la Presidencia, así como la creación de una estructura institucional que asegure su permanencia y estabilidad. Este diseño institucional busca que las decisiones que tomen los ministros (y todos los jueces) sean imparciales, libres de favoritismo y de presión por parte de los involucrados.